Beneficios para la capacitación
Los beneficios para la capacitación son beneficios adicionales que podrían proporcionar hasta 52 veces la cantidad de su beneficio semanal por desempleo, menos cualquier cantidad de beneficios regulares por desempleo que se le haya pagado.Por ejemplo:
- Si pagamos 26 semanas de beneficio regular, se le podrían pagar 26 semanas más de beneficios para capacitación.
- Si pagamos 20 semanas de beneficio regular, se le podrían pagar 32 semanas de beneficios para capacitación.
Hasta que se le terminen los beneficios regulares y los del programa de Compensación Emergente por Desempleo (EUC) comenzará a recibir los beneficios para capacitación sin embargo, aún así, tiene que registrar su solicitud dentro de los plazos establecido (vea los plazos abajo). Los beneficios para capacitación se van pagando hasta que agota su cantidad disponible o termina su capacitación aprobada – lo que ocurra primero.
Cuando se aprueban los beneficios para la capacitación, no tiene que buscar trabajo siempre y cuando, esté inscrito y avanzando satisfactoriamente en su programa de capacitación.
Los beneficios para capacitación no pagan los libros, colegiaturas, o cuotas de escuela, sólo pagan semanas extras de beneficios por desempleo durante la capacitación.
Hay plazos establecidos para la entrega de solicitudes de beneficios para capacitación y para inscripción en capacitación. Esos plazos comienzan desde la fecha de envío por correo del Manual para Reclamos por Desempleo. Ése manual tiene información de los beneficios para capacitación y se envía cuando se solicita o reactiva sus beneficios por desempleo.
Para reclamos con fecha de validez antes del 5 de abril, 2009:
- Tiene 60 días de calendario para entregar su solicitud para beneficios de capacitación.
- Tiene 90 días de calendario para inscribirse en capacitación, o en cuando sea posible si determinamos que la capacitación no está disponible dentro de un plazo de 90 días.
- Si no cumple con esos plazos, se le negarán los beneficios para capacitación.
Para reclamos con fecha de validez del 5 de abril, 2009, o en adelante:
- Tiene 90 días de calendario para entregar su solicitud para beneficios de capacitación.
- Tiene 120 días de calendario para inscribirse en capacitación, o en cuando sea posible si determinamos que la capacitación no está disponible dentro del plazo de 120 días.
- Si no cumple con esos plazos, se le negarán los beneficios para capacitación, a menos que demuestre tuvo una razón justificable.
Para calificar potencialmente para beneficios de capacitación tendrá que:
- Tener un reclamo de beneficios vigente (abierto en los últimos 12 meses);
- Entregar una solicitud de beneficios para capacitación dentro del plazo de 60 ó 90 días como se explicó con anterioridad (más 5 días por envío de correo) de la fecha en que registró una solicitud o reactivó un reclamo después de haber comenzado a trabajar y haber perdido su trabajo de nuevo;
- Calificar para beneficios regulares del seguro por desempleo o si se los terminó;
- Ha trabajado por mucho tiempo en una ocupación en decline o usando una habilidad en particular; y
- Ha trabajado en un tipo de trabajo que no es probable lo vuelva a desempeñar porque las habilidades o tipo de trabajo que hacía ya no tiene alta demanda en su mercado laboral local, esto de acuerdo a lo determinado por el Concilio para el Desarrollo de la Fuerza Laboral (Workforce Development Council).
- No haber recibido en los últimos cinco años beneficios para la capacitación.
Nota: Si su reclamo para beneficios por desempleo comienza el 5 de abril o después, ya no tiene que haber trabajado en la misma profesión por mucho tiempo.
Para reclamos registrados con fecha de validez
- Es un trabajador de bajos ingresos económicos y es muy probable que gane más después de haber recibido capacitación.
- Está actualmente con la Guardia Nacional de Washington y necesita capacitación para encontrar trabajo adecuado.
- En los últimos 12 meses lo dieron de baja militar honorable ya sea de la Guardia Nacional de Washington o de las fuerzas armadas y necesita capacitación para encontrar trabajo adecuado.
- Es una persona con una discapacidad y decidimos que no puede volver a trabajar en la ocupación habitual.
Un programa de capacitación aprobada es un curso de educación que:
- Es de tiempo completo, tal y como lo determine la escuela o el lugar de capacitación;
- Si su reclamo para beneficios por desempleo comienza el 5 de abril, 2009 ó después, y tiene una discapacidad que le impide participar en capacitación de tiempo completo, podría ser que podamos aprobar capacitación de medio tiempo.
- Es una escuela o lugar para capacitación, y el programa para capacitación está en la Lista de Proveedores Elegibles que la Mesa Coordinadora de Capacitación y Educación de la Fuerza Laboral [Workforce Training and Education Coordianting Board] aprobó.
- Ofrece capacitación en habilidades o destrezas que le permitirán obtener un trabajo en una profesión con una alta demanda en su mercado laboral, como lo determina su Concilio de Capacitación y Educación de la Fuerza Laboral [Workforce Development Council]; y
- No tiene como objetivo principal el reunir los requisitos para una licenciatura o grado superior.
Para solicitar beneficios para capacitación:
Pida el Paquete Solicitud para Beneficios de Capacitación al TeleCentro 1-800-318-6022, en la oficina WorkSouce más cercana, o bájela del Internet.Después de completar su solicitud envíela a:
King County TeleCenter
Training Benefits Unit
P.O. Box 47076
Seattle, WA 98146-7076
También, puede entregar su solicitud en la oficina WorkSource más cercana.
Le enviaremos una decision por escrito diciendole si su solicitud califica o no. Si falla por no reunir alguno de los requisitos para beneficios de capacitación, le negaremos la solicitud. Por favor vea la sección cómo apelar para saber cómo puede apelar por escrito.
Mientras está en capacitación, se le requerirá nos envíe reportes de avance satisfactorio para demostrar que continúa reuniendo los requisitos. Le negaremos los beneficios si falla por no entregar un reporte de avance satisfactorio o no reúne los requisitos.
Si ya se aprobamos los beneficios para capacitación y necesita hacer algún cambio a su plan, deberá completar el formulario Solicitud para Modificar el Plan de Capacitación. Si falla por no recibir nuestra aprobación a la modificación de su plan de capacitación, podría resultar en una denegación y tener un sobrepago de beneficios.

