¿No está de acuerdo con nuestra decisión?
Usted, su último empleador o cualquier empleador en su periodo base tienen el derecho de apelar cualquier decision que hagamos acerca de sus beneficios por desempleo, lo que incluye:- Una decisión final de la cantidad de su beneficio (su Estado de Cuenta de Sueldos y Horas);
- Una decisión que le niega o reduce sus beneficios;
- Una decisión negándole los beneficios para la capacitación;
- La razón de un sobrepago;
- La cantidad de un sobrepago;
- La determinación de que usted causó el sobrepago; o
- La denegación de su solicitud de condonación de un sobrepago de los beneficios.
Tiene que registrar una apelación antes de 30 días de la fecha de envío de su decisión. Si no registra su apelación para los 30 días, tendá que explicar por escrito la razón por querer registrar una apelación tardía. A menos que demuestre una buena razón, se podría desestimar su caso por tardío.
Si no está de acuerdo con alguna decisión, puede apelar la decisión al hacer un escrito y enviarlo por correo o fax al siguiente domicilio (a menos que la decisión que recibió tiene un domicilio diferente):
Claims Center Appeals
PO Box 19018
Olympia, WA 98507-0018
Número de fax: 1-800-301-1795
Su escrito solicitando la apelación deberá de contener lo siguiente:
- Su nombre;
- Número de seguro social;
- Lo que está apelando (la razón por haberle negado/descalificado);
- La fecha de la decisión;
- Porqué no está de acuerdo con la decisión;
- Cualquier medio de prueba que quiera se considere al tomar la decisión;
- El nombre de cualquier testigo que quiera comparezca para su audiencia;
- Si necesita Intérprete, díganos para qué idioma lo necesita (esto incluye Intérpretes Lenguaje de Signos Americanos);
- Si necesita apelar fuera de tiempo, explique porqué es tardío; y
- Su firma.
No podemos aceptar apelaciones por correo electrónico.
Si cambia de domicilio y su apelación está pendiente, reporte su nuevo domicilio al centro de reclamos y a la Oficina de Audiencias Administrativas.
Cuando recibamos su apelación, le enviaremos información explicándole sus derechos y responsabilidades durante el proceso de apelación y enviaremos su escrito de apelación a la Oficina para Audiencias Administrativas (OAH), que no forma parte del Departamento para la Seguridad del Empleo. OAH le asignará un Juéz para Audiencias Administrativas para escuchar su caso, le enviará copias de su expediente a todas las partes interesadas en su apelación. Eso lo incluye a usted, sus testigos, y todo empleador interesado. OAH fijará la fecha de su audiencia y le dirá si será por teléfono o en persona. La mayoría de las audiencias son por teléfono.
En la audiencia, el juéz le pedirá que presente su testimonio bajo juramento. También tendrá derecho de contrainterrogar cualquier testigo y a presentar medios de prueba o testimonio para demostrar que nuestra decisión fue erronea. Durante la audiencia se podría questionar su disponibilidad para trabajar y examinar su búsqueda de trabajo. Para la audiencia, tenga listas para revisión las Hojas de Registro de la Búsqueda de Empleo. Si no está para su audiencia, el juez podría expedir un fallo en su contra.
OAH creó un video instructivo de 32 minutos para ayudar, a los empleadores y reclamantes, con la preparación para una audiencia de apelación. El video incluye la reproducción de una audiencia.
Para mayor información de cómo presentar una apelación vea el folleto Cómo se Registra una Apelación, que explica el proceso de apelación. También puede ver mas información en las páginas de la Oficina de Aduencias Administrativas.
IMPORTANTE: Para proteger su derecho de recibir beneficios, continúe registrando su reclamo cada semana que esté desempleado. Si el fallo por su apelación es a su favor, solo se pagarán las semanas que haya registrado reclamos como se le requirió. Si el empleador apela ese fallo (su derecho de recibir beneficios) y en esa nueva apelación el fallo es en su contra, tendrá que pagar cualquier beneficio recibido.
Si el fallo de la audiencia es en su contra, puede apelarlo al registrar una Petición de Revision con el Comisionado del Departamento para la Seguridad del Empleo. Las instrucciones para registrar la Petición para la Revision se incluyen en el fallo. Cualquier persona le puede ayudar durante la audiencia. Eso incluye su licenciado o abogado de una clíniga legal para personas de bajos recursos. La persona que lo representa no tiene que ser un licenciado o abogado.
Si tiene preguntas de como registrar una apelación o acerca del proceso, comuníquese con cualquiera de las organizaciones no-lucrativas. Los enlaces a esas organizaciones son solo para su información y no constituye recomendación o aprobación.
Proyecto de Ley del Desempleo [Unemployment Law Project]
Proyecto de Justicia Noroeste [Northwest Justice Project]
Ayuda con las Leyes de Washington [Washington LawHelp]
Encuentre ayuda legal a través de La Barra de Abogados del Estado de Washington[Washington Bar Association]







